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Desde la alcaldía de la Ciudad de Panamá han decidido poner normas a su carnaval. Se trata de una serie de medidas que regularán el uso de aparatos de sonido, se permitirá la venta de alcohol sin restricciones horarias y prohibirán ciertos disfraces.
Entre las medidas adoptadas está la prohibición de actos que atenten contra a moral y las buenas costumbres, el teñirse total o parcialmente el cuerpo con sustancias colorantes, lanzar harina, o usar látigos, jeringuillas o cualquier otro método de coacción para pedir dinero.
También se rechaza el uso de disfraces cuya imitación se pueda prestar a confusión con los uniformes de los estamentos de seguridad. Del mismo modo, los hábitos sacerdotales y los emblemas nacionales o de otros países no podrán aparecer en los desfiles.
El decreto panameño también deja sin efecto la norma 1896 y 1899 de 2011 y establece que los centros de diversión nocturna podrán operar los 4 días de carnaval en horario completo pero en las casas solamente se podrá realizar celebraciones hasta las 12 de la medianoche.
Con el Decreto Nº 04-2017 del 6 de febrero de 2017 se limitan celebraciones como la mojadera a un horario, de 10 de la mañana a las tres de la tarde, en un espacio concreto y con el agua recomendada por el Ministerio de Salud.
Durante estas fiestas, en la Ciudad de Panamá se prohíbe el ingreso de neveras portátiles, portar armas de fuego (aún con permiso), armas blancas o punzo cortantes. Además de instalar o usar equipos de sonido en los puestos de venta de comida o de venta ambulante.
Con información de la Alcaldía de Panamá.
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